Mediante resolución exenta Nº 83, del 20 de agosto de 2020, la Subsecretaría de Energía
comunicó a la Subsecretaría del Medio Ambiente, el inicio del procedimiento de Evaluación
Ambiental Estratégica aplicable a la actualización de la Política Energética de Chile al año 2050
del Ministerio de Energía, cuyo contenido en extracto se indica a continuación:
a) ÓRGANO RESPONSABLE:
Ministerio de Energía.
De acuerdo al decreto ley Nº 2.224, de 1978, corresponde al Ministerio de Energía elaborar
y coordinar los planes, políticas y normas para el buen funcionamiento y desarrollo del sector,
velar por su cumplimiento y asesorar al Gobierno en todas aquellas materias relacionadas con la
energía.
b) ANTECEDENTES:
La Política Energética Nacional de largo plazo de nuestro país, vigente mediante DS Nº
148/2015, estableció entre sus compromisos efectuar una revisión cada 5 años, asegurando así
que el instrumento continúe siendo un instrumento validado y útil para el accionar público y
privado. Cumpliendo con este mandato, la Ruta Energética 2018-2022 comprometió actualizar la
Política Energética de forma participativa y con evaluación ambiental estratégica.
La necesidad de actualizar la Política Energética vigente surge de los cambios sustanciales
en las prioridades sectoriales, del dinamismo de las tecnologías y de las condiciones económicas,
sociales y ambientales del país, entre otros, en torno a la carbono neutralidad cuyo compromiso
al 2050 conlleva nuevas ambiciones para las metas y renovados lineamientos para alcanzarlas
acorde al compromiso.
Con el objeto de incorporar estas y otras consideraciones ambientales y de sustentabilidad al
proceso de actualización de la Política Energética al año 2050, el Ministerio aplicará la
Evaluación Ambiental Estratégica («EAE») que acompañará su formulación y apoyará el proceso
de toma de decisiones desde el inicio del proceso, abarcando su fase de diseño, hasta la
aprobación y consulta pública.
La meta es consolidar la trayectoria del sector energético como aquel que tenga como foco
permanente la sustentabilidad en todas sus dimensiones, y el bienestar y calidad de vida de las
personas, ubicando a estas en el centro de las políticas públicas asociadas a la energía mediante
procesos participativos y consultivos, con una visión actualizada de la sociedad sobre el
desarrollo energético sobre la base de los nuevos desafíos.
c) CRITERIOS DE DESARROLLO SUSTENTABLE QUE SE CONSIDERARÁN:
• Desarrollo energético bajo en emisiones locales y globales y armónico con el medio
ambiente, los sistemas naturales y usos del territorio.
• Desarrollo social de las personas y comunidades mediante su participación en el desarrollo
energético, acceso equitativo a energía sostenible, desarrollo local y las consideraciones de
transición justa con miras a la carbono neutralidad.
• Desarrollo económico del país y de sus habitantes, mediante la eficiencia energética en los
procesos productivos, el buen funcionamiento de los mercados energéticos, y la innovación y la
adopción de nuevas tecnologías en energía.
• La formación ciudadana en energía y la educación energética, sobre la base de una visión
actualizada de la sociedad sobre el desarrollo energético.
d) OBJETIVOS AMBIENTALES:
• Alcanzar la meta de carbono neutralidad mediante la promoción de un desarrollo
energético ambientalmente sustentable.
• Continuar el desarrollo de una matriz energética renovable y baja en emisiones de
contaminantes locales minimizando las externalidades e impactos ambientales en el territorio.
• Minimizar los requerimientos energéticos de los distintos tipos de consumidores, como
son la industria y el transporte, entre otros, mediante soluciones eficientes y sustentables.
• Continuar en la mejora del uso y aprovechamiento de la energía por parte de la población,
mediante la promoción de una cultura energética centrada en la eficiencia, ahorro y participación.
e) LUGAR EN QUE SE ENCONTRARÁN DISPONIBLES SUS ANTECEDENTES:
Los antecedentes se encontrarán disponibles en la Secretaría de la División de Prospectiva y
Análisis de Impacto Regulatorio del Ministerio de Energía, ubicada en Av. Libertador Bernardo
O’Higgins Nº 1449, Edificio Santiago Downtown II, piso 13, los días martes y jueves entre las
10:00 y 16:00 horas, durante los 30 días hábiles siguientes a la fecha de publicación del presente
extracto en el Diario Oficial, previa coordinación al correo electrónico
mmatabenitez@minenergia.cl e igualmente en el sitio web
https://www.energia.gob.cl/energia2050/EAE.- Loreto Cortés Alvear, Jefa División Jurídica,
Subsecretaría de Energía.
Fuente : DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública